18 de Noviembre,2002
El Servicio de Aduanas de los Estados Unidos ha implementado una nueva normativa de manifiesto de carga anticipado, que entrará en vigencia el 2 de Diciembre de 2002, lo que requerirá cambios significativos en los procesos de embarque de todas las cargas en los buques que recalan a ese país. Esto tendrá un impacto en muchos de nuestros clientes, ya que requiere que embarcadores y transportistas adopten nuevas disciplinas y procesos para asegurar que se manifieste y se embarque la carga a tiempo.
¿ Cuáles son los puntos principales de esta nueva regla ?
- El manifiesto debe ser transmitido electrónicamente al Servicio de Aduanas de los Estados Unidos, para todos los embarques en los buques que recalen a sus puertos 24 hrs. antes de embarcar la carga en el puerto (incluye la carga con destino a los Estados Unidos o en tránsito a bordo del buque).
- El manifiesto debe incluir: descripción precisa de la carga; detalles completos del embarcador y el consignatario; prefijo/número y sello del contenedor.
- Al NVOCC le será permitido transmitir manifiestos directamente al Servicio de Aduanas de Estados Unidos, o pueden elegir hacerlo a través de la línea transportista.
- Carga a granel: Está exenta de esta regla.
- Carga suelta: En general exenta, pero requiere una dispensa del Servicio de Aduanas de Estados Unidos.
- “FROB”: Carga en tránsito que permanece a bordo (a través de los puertos de Estados Unidos) será requerido transmitir la información del manifiesto 24 hrs. antes del embarque en el puerto de origen.
- Contenedores vacíos: La norma no es aplicable a los contenedores vacíos.
- “Freight all Kinds” / “Said to contain”: Estan prohibidas por la Aduana USA.
- “To order Bills of Lading”: Debe identificar consignatario/propietario de la carga, o representante del propietario.
¿Qué deberán hacer nuestros clientes?
- Los importadores en Estados Unidos necesitarán comunicarse con sus vendedores y proveedores en el país de origen para asegurar que ellos entreguen la información completa del manifiesto con tiempo suficiente para completar el proceso de embarque.
- Los embarcadores tendrán plazos y procedimientos diferentes a los actuales. Por lo tanto CSAV ha debido establecer un nuevo cierre documental y requerirá recibir la información consignada en forma detallada, de lo contrario, no podremos efectuar el manifiesto de la carga y la Aduana de los Estados Unidos no nos permitirá embarcarla. Mas detalles pueden encontrarse en el documento adjunto a través del siguiente nexo.
Confirmando el compromiso hacia nuestros clientes, CSAV desplegará todos sus recursos, técnicos, operacionales y comerciales poniéndolos a disposición de nuestros clientes a fin de que en conjunto trabajemos para reducir al máximo el impacto que estas nuevas medidas puedan tener en el normal flujo comercial de sus productos hacia los Estados Unidos.
Asimismo, continuaremos trabajando con el Servicio de Aduanas de los Estados Unidos para clarificar cualquier tema pendiente. También proveeremos información actualizada en forma regular a través de www.csav.com
Mientras tanto, cualquier pregunta específica acerca de los requerimientos del manifiesto anticipado, favor referirse a nuestros Agentes locales de venta o representantes del servicio al cliente.
Atentamente
Juan Antonio Alvarez
Sub Gerente General
Compañia SudAmericana de Vapores S.A. |